AFIP lanza instructivo para Libro de Sueldos Digital

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) lanzó un instructivo para configurar los parámetros, carga de datos y presentación del Libro de Sueldos Digital.


El aplicativo permite registrar las liquidaciones de sueldos efectuadas previamente por el contribuyente y posteriormente confeccionar el Libro de Sueldos Ley N° 20.744 art. 52 a través del servicio web de Libro de Sueldos Digital, para luego efectuar la presentación de la DDJJ resultante mediante el sistema Declaración en Línea.

Operatoria del Sistema:

Los Empleadores deberán por única vez, dar de alta los conceptos de liquidación de sueldo. Para ello, deberán asociar los propios con aquellos que tenga la Administración. Asimismo, deberán definir por cada uno de esos concepto a el/los subsistemas a los que esté obligado a realizar aportes y contribuciones.


Una vez establecidos los parámetros de aquellos conceptos de liquidación, se deberán efectuar las liquidaciones de haberes por cada trabajador.

Con las liquidaciones de haberes realizadas, los empleadores remitirán un archivo a la Administración. (libro de sueldos). Conjuntamente con el libro de sueldos, se remiten datos necesarios para la confección de la declaración jurada F.931.

Podría enviar tantos archivos como necesite, considerando como plazo el vencimiento de la declaración jurada.

La aprobación de los datos implicará:
- imprimir los recibos de sueldo
- poder presentar la declaración jurada F.931
- contar con la información para generar las hojas móviles.


Acceder al instructivo de AFIP aquí

Procedimiento para completar Libro de Sueldos Digital

Los sujetos obligados a utilizar el sistema deberán cumplir con el siguiente procedimiento:
  • a) Declarar en el “Sistema Registral” la jurisdicción de la autoridad administrativa local en materia de trabajo donde tiene radicada la rúbrica del “Libro de Sueldos Digital”, debiendo indicar localidad y provincia.
  • b) Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital” y configurar los parámetros a partir del menú inicial que posee el sistema, registrando todos los conceptos que se utilicen para la liquidación de los sueldos y jornales, asociando cada uno de ellos con los de la grilla universal predefinida por esta Administración Federal e indicando a qué subsistemas de las seguridad social se vincula cada uno. Esta acción se realizará al utilizar por primera vez el sistema o cuando exista una modificación en los registros por la creación o baja de conceptos en la liquidación de sueldos y jornales. La configuración de parámetros, se podrá realizar en forma manual completando los campos requeridos por el sistema o por importación masiva de datos mediante el envío de un archivo respetando el diseño de registro determinado a tal fin.
  • c) Cargar en el sistema los datos para la conformación del “Libro de Sueldos Digital” mediante alguna de las siguientes modalidades:
    • Ingreso manual: Completando los campos requeridos por el sistema.
    • Importación de archivos estandarizados vía “web”, con clave fiscal, una vez finalizado el proceso de cada liquidación de sueldos y jornales, respetando el diseño de registros determinado a tal fin.
    Una vez cumplido estos pasos, la información deberá ser transmitida electrónicamente. De resultar aceptada dicha transmisión, el sistema emitirá un archivo estandarizado conteniendo las hojas del libro en borrador, el que será enviado al empleador para su revisión y posterior conformidad.
    La conformidad por parte del empleador, del contenido del libro a emitir por el sistema, se prestará mediante la transferencia electrónica del formulario de declaración jurada F.8351 “Digesto Resumen Libro de Sueldos Digital” -disponible en formato “pdf”-, el cual deberá contar con firma digital clase 4.
    Esta Administración Federal podrá establecer, mediante la publicación en este micrositio, que el requisito de firma digital no sea exigible para determinados empleadores.
    Las rectificaciones que pudieren corresponder se realizarán mediante el mismo servicio, “Libro de Sueldos Digital”
  • d) Imprimir las hojas del “Libro de Sueldos Digital” correspondientes, ajustándose a los requerimientos de la autoridad jurisdiccional en materia del trabajo, las cuales se encontrarán contenidas en un archivo que será puesto a disposición del empleador a través del servicio “E-ventanilla”.
La veracidad de los datos impresos del “Libro de Sueldos Digital” podrá verificarse por las autoridades de aplicación o por los trabajadores accediendo a una consulta “en línea” mediante la utilización de clave fiscal, a través de los servicios “web” habilitados a tal fin.



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