Ley de emprendedores: apertura de empresas en 24 horas y por internet. Las claves

El Senado convirtió en ley el proyecto sobre emprendedores, apunta a facilitar las promoción y creación de pequeñas empresas, mediante la creación de una figura jurídica, las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS),  que permitirá la apertura vía internet de una empresa en un plazo no mayor a las 24 horas, incluido constitución de CUIT y la apertura de una bancaria en el acto.

Además, se crea un Registro de Instituciones de Capital Emprendedor y un Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Capital Emprendedor (FONDCE), con el cual se podrán financiar emprendimientos de forma conjunta con el sector privado, así como una serie de beneficios impositivos para la inversión de capital, cuyos aportes podrán ser deducidos del impuesto a las Ganancias, bajo ciertos requisitos.


La norma dispone, además, medidas de fomento de la actividad, al permitir la desgravación del impuesto a las ganancias hasta un máximo del 75% de los aportes. Ese beneficio no podrá superar el 10% neto de la ganancia sujeta al impuesto. En caso de emprendimientos establecidos en zonas desfavorables, la deducción podrá llegar hasta el 85 por ciento.

Cinco claves de la ley de fomento a emprendedores


1- La nueva ley apunta a facilitar la constitución, promoción y el crecimiento de pequeñas empresas, mediante la creación de una figura jurídica, las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS), que permitirá la apertura vía internet de una empresa en un plazo no mayor a las 24 horas, incluida la apertura de una cuenta bancaria en el acto y el CUIT. En la actualidad el trámite lleva entre 6 meses y 1 año más los costos asociados.
Cuando la norma entre en vigencia, el sistema permitirá además abrir una cuenta bancaria simplificada y digitalizar firma, libros y poderes, incorporar uno o más accionistas y emitir acciones de mismo derecho a diferente precio.

2- Se crea un Registro de Instituciones de Capital Emprendedor y un Fondo Fiduciario para el Desarrollo del Capital Emprendedor (FONDCE), con el cual se pueden financiar emprendimientos de forma conjunta con el sector privado. Por primera vez, el Estado destinará fondos públicos para coinvertir con privados e impulsar el desarrollo de proyectos para ello se crearán 10 fondos de coinversión, con un aporte público del 40% y un capital mínimo conjunto de 30 millones de dólares.

3- Se creará un incentivo al inversor de capital emprendedor para que pueda desgravar con un tope de 10% de sus ganancias anuales. "Es un mercado completamente desinvertido, hay muchos emprendedores pero no aparecen los emprendedores locales", explica el especialista quien justifica la importancia de incentivos ya que se trata de inversiones de alto riesgo.

4- Habilita el "crowdfunding" público (financiamiento colectivo). Se trata del aporte colectivo de dinero a través de Internet para un proyecto, supervisado por la Comisión Nacional de Valores. Las plataformas de crowdfunding que se registren podrán tomar emprendedores que quieran colocar sus acciones online al público inversor en general. "Eso va a permitir a un emprendedor de Jujuy recibir dinero de un inversor de Capital", ejemplifica Tanoira.

5- Fomentarán a las aceleradoras: El Estado seleccionará 13 aceleradoras: 10 van a dedicarse a emprendimientos tecnológicos y sociales, y 3 a emprendimientos de base científica. 


Fuentes: Cronista - Ambito

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